
Mediante el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre (RDL), el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de Medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que cambia notablemente ciertos aspectos establecidos hasta la fecha y que afectarán de una u otra manera a un número importante de ciudadanos en 2019. A continuación os explicamos las más relevantes :
1. Que afectan a jubilados y pensionistas
- Se prorroga por un año más, hasta 2020, la jubilación con los requisitos y condiciones previos a la Ley 27/2011 de aquellas personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 1 de abril de 2013, siempre que después no estén incluidos en algún régimen de la Seguridad Social.
- También se dispone la subida de las pensiones contributivas en un 1,6 % y de las pensiones mínimas (incluidas las no contributivas) en un 3%.
- Se modifica el Estatuto de los Trabajadores y se decreta que los convenios colectivos puedan establecer una edad de jubilación forzosa vinculada a objetivos de política de empleo.
2. Que afectan a contratos e incentivos
Derogación de incentivos.
El descenso de la tasa de desempleo por debajo del 15%, trae como consecuencia expresa de esta normativa, la derogación de contratos e incentivos a la contratación. En este sentido dejan de tener vigencia:
- El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
- No será posible la celebración de contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años.
- Los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
- La contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos.
- Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
- El contrato al primer empleo joven.
- Los incentivos a los contratos en prácticas.
Derogación del complemento a salario para jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Se determina la derogación de la medida de acompañamiento al salario de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje.
Aunque aquellos contratos que se encuentren vigentes con carácter anterior a la entrada en vigor de este decreto seguirán siendo efectivos.
3. Que afectan a los autónomos
Suben las Bases mínimas
Se actualizan las bases mínimas, estableciéndose un incremento del 1,25% en la cotización, pasando de los 932,7 euros al mes hasta los 944,35 euros. Se establece también un progresivo aumento de los tipos de cotización, que en este año 2019 quedará fijado en un 30%. Para más información revisa esta [infografía de autónomos].
Obligaciones de cotización por más elementos
Se incluye la obligatoriedad de la cobertura de todas las contingencias :
- Contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral)
- Contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional)
- Formación continua
- Cese de actividad (la prestación subirá desde los 12 a los 24 meses)
A cambio se estipula una mejora de mejores prestaciones y mayor protección (Cobro de prestación por accidente laboral desde el primer día de baja, acceso a formación profesional, ayuda en caso de cese, etc…)
También aumenta la «tarifa plana» durante los primeros 12 meses. La tarifa subirá a 60€, si se cotiza por la base mínima (51,50€ por contingencias comunes más 8,50€ por contingencias profesionales); en el caso de cotizar por encima de la base mínima, se reducirá la cuota por contingencias comunes un 80%. A partir del mes 13 al 24, se aplican reducciones sobre la cuota que correspondería.
Se establece un nuevo tipo de infracción laboral grave para prevenir la posible utilización de la figura del falso autónomo. En este sentido, la multa podría alcanzar entre 3.126€ y 10.000€.
4. Que afectan a las cotizaciones
Aumento de tipos y bases de cotización para trabajadores
Para el Régimen General, se establece un tope máximo de la base de cotización de 4.070,10 euros mensuales, lo que supone un incremento del 7%.
También se estipula un incremento en las cotizaciones de Empleadas de Hogar y de los trabajadores por cuenta ajena agrarios (en este sector hay una parte de los salarios que surtirá efectos por la subida del SMI)
Nuevos colectivos que cotizan
Se deberá cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académicas externas. Esta medida se establece aunque no haya contrapartida económica con dichos colectivos.
Recargo en los contratos temporales de corta duración
En los contratos de duración igual o inferior a 5 días, el recargo sobre la cuota de contingencias comunes pasará del 36% al 40%.
Aumento del Salario Mínimo Interprofesional
El Real Decreto 1462/2018 decretó la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2019, esta medida también generará cambios en determinados sectores y ámbitos. Con esta norma se recogen algunas excepciones a dicha subida, para dejar fuera a conceptos no salariales incluidos en normas no estatales, como pudieran ser Convenios Colectivos o contratos privados que tenían como referencia a dicho SMI.
Por último se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a empresas que hayan disminuido de manera notoria a la reducción de la siniestralidad laboral.
Si tienes dudas o deseas comentarnos tu caso. Puedes dirigirte a nuestro departamento laboral.
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