Dentro del objetivo gubernamental para la progresiva implantación de medios tecnológicos en las relaciones con la Administración, se ha publicado la orden Orden ESS/214/2018, que obliga a todos los autónomos a incorporarse al sistema RED y usar los medios digitales como principal vía de comunicación entre la Administración y trabajador.
¿De que se trata?
El Sistema RED es el servicio telemático que ofrecen desde la Tesorería General de Seguridad Social para consultar información e intercambiar documentación referente a afiliaciones al Sistema público, la situación como cotizante, así como cualquier contingencia relacionada.
Aunque la Orden fue publicada en Abril, se ha estableció un periodo de adaptación hasta su efectiva entrada en vigor, que establece que los autónomos deberán estar incluidos en el Sistema RED antes del 30 de Septiembre de este año.
¿A quien se dirige?
En concreto la obligación se dirige a los trabajadores integrados en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, así como los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
Hasta ahora solo los autónomos que tenían trabajadores a su cargo debían dirigirse a la Administración utilizando este sistema, pero ahora todos los componentes de este colectivo, independientemente de tener o no trabajadores a su cargo, deberán amoldarse a lo estipulado por la normativa.
Los autónomos deberán estar incluidos en Sistema RED antes del 30 de septiembre de este año.
¿Cuales son los pasos?
Para poder darte de alta en el Sistema RED deberás realizar las siguientes acciones:
- Completar el modelo oficial de solicitud
- Aportar una fotocopia de tu DNI
- Mostrar la documentación que acredita que estás dado de alta como autónomo.
¿Que obligaciones implica?
Una vez que se produzca la efectiva incorporación al sistema RED, los autónomos o sus representantes (gestor, asesor, consultor, etc..) deben realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. Entre otras acciones se requiere el envío on-line de las altas, las bajas, el envío de partes médicos, así como cualquier otra diligencia que pueda afectar a su situación como profesional.
Merece la pena remarcar que unido a este sistema existe la obligación accesoria de incorporarse al sistema de notificaciones electrónicas (SEDESS). Este sistema tendrá a su vez un plazo de 2 meses para que los autónomos se adapten. Desde el momento que estés dado de alta en SEDESS todas las notificaciones te llegarán por esta vía y no por correo postal, así que deberás consultarlas en un plazo máximo de 10 días. Transcurrido dicho periodo sin haber accedido a la notificación, TGSS dará por notificada la misma.
Deben realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.
Si necesitas ayuda profesional para la incorporación al sistema o quieres delegar en nosotros los trámites e implicaciones que conlleva la relación con la Administración de Seguridad Social, no dudes en contactarnos.
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