Requisitos para Viviendas Vacacionales en Andalucía

viviendas turisticas

El Decreto 28/2016 , que fue publicado en el BOJA nº 28 de 11/02/2016, viene a regular las condiciones de alquiler de viviendas turísticas por corta temporada en el territorio de Andalucía.

Objetivo

El objetivo principal del decreto es regular y controlar la actividad de aquellas propiedades destinadas a Vivienda vacacional o también denominadas viviendas con fines turísticos en Andalucía, garantizando la seguridad ciudadana, la calidad de los servicios y la competencia leal en el mercado turístico.

Definición de alquiler de temporada

Esta nueva regulación concierne aquellos inmuebles que se alquilan en su conjunto o por habitaciones, sin incluir las alquiladas por larga duración (entiéndase por más de dos meses consecutivos). El reglamento también deja fuera a los alquileres por días de fiesta, los que se hacen sin fines de lucro, las propiedades en las zonas rurales o propiedades formadas por tres o más viviendas en un radio de un kilómetro.

Requisitos

La Junta de Andalucía ha establecido una serie de requisitos que deben cumplirse, entre los que destacamos los siguientes:

  1. La propiedad debe tener una licencia de primera ocupación.
  2. Las habitaciones tendrán ventilación directa a un sistema externo o al patio, y un sistema de ventanas oscuras.
  3. Deben estar amueblados y equipados acorde al número de plazas de que dispongan.
  4. Estar provistos de un sistema de calefacción y refrigeración.
  5. Disponer de botiquín de primeros auxilios.
  6. Proporcionar información turística de la zona.
  7. Las quejas y formularios de reclamación deben estar disponibles para los clientes en un lugar visible dentro de la casa.
  8. La casa debe limpiarse en la entrada y salida de los clientes.
  9. Disponer de ropa de cama y mobiliario general para la casa deben ser suministrados
  10. Un número de teléfono debe estar disponible para cualquier consulta que los inquilinos puedan tener.
  11. Los usuarios deben contar con información y herramientas para el funcionamiento de los aparatos.
  12. Los usuarios deben estar informados de las reglas internas.

Otros factores a tener en cuenta

La regulación también establece que ya bien sea las plataformas de reserva o las empresas que medien u organicen servicios turísticos, proporcionarán a los usuarios un contrato o documento análogo que al menos contenga lo siguiente: el nombre de la persona o del operador de la propiedad; el código alfanumérico de entrada en el Registro de Turismo de Andalucía; el número de personas que van a ocupar la propiedad, la entrada y salida: el precio total de la habitación; y un número de teléfono de contacto.

También se deberá cumplimentar el registro de viajeros a la entrada del viajero a la propiedad y comunicarlo a las fuerzas del orden que se determinen en cada localidad (Policía nacional u Hospederías de Guardia Civil).

Obligaciones e Incumplimientos

Las inscripciones se realizan en el Registro de Turismo de Andalucía, y la fecha límite para registrar la propiedad es el comienzo de Mayo de 2016. Debe incluir las referencias catastrales y la correspondiente Licencia de Primera Ocupación.

En cuanto a las sanciones en caso de incumplimiento, estos se dividen en leves, graves y muy graves, que pueden ascender a multas de hasta 150.000 € para los delitos más graves.

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