Ley Startups

El pasado 22 de diciembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022 de fomento de las empresas emergentes o también conocida como Ley de Startups. Esta ley es bastante ambiciosa y abarca diferentes figuras y supuestos especiales, por lo que en este artículo nos centraremos en aquellos aspectos que afectan a las empresas y en sucesivos artículos trataremos otras figuras como pueden ser las del nómada digital.

PROPÓSITOS

Esta norma persigue entre sus objetivos más inmediatos favorecer la creación de ecosistemas que ayuden al establecimiento de emprendedores y la relocalización de empresas emergentes en España;  la creación y crecimiento de empresas innovadoras, basadas en el conocimiento de base digital y rápido crecimiento, conocidas como empresas emergentes o startups; así como la atracción de inversores especializados en la creación y crecimiento de estas empresas, también conocidos como ‘business angels’.

DELIMITACIONES

La ley establece con detalle el concepto de empresa emergente, asimismo se establecen los conceptos de empresa de base tecnológica y de empresa emergente innovadora. Por otra parte se determina qué empresas y sujetos estarán excluidos de la consideración de empresas emergentes, como pueden ser aquellas en las que sean promotores o fundadores con deudas vigentes o delitos cometidos contra la Administración pública.

CERTIFICACION DEL EMPRENDIMIENTO INNOVADOR Y CARÁCTER ESCALABLE («SCALE UP»)

Para poderse beneficiarse de los incentivos y exenciones de esta ley es necesario estar acreditado como startup. Este procedimiento de acreditación es llevado a cabo por ENISA (Empresa Nacional de Innovación) y la Dirección General de Industria y de la PYME del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio serán las responsables de acreditar y certificar respectivamente esta condición de empresa emergente.

CREACIÓN DE EMPRESAS EMERGENTES

El plazo para la inscripción de empresas emergentes y de todos sus actos societarios se acortan. La norma prevé la creación telemática de empresas emergentes en un solo paso, a través del CIRCE y mediante el uso del Documento único electrónico (DUE). Los inversores podrán solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través del Punto de Atención al Emprendedor, la asignación de un número de identificación fiscal (NIE) para sí mismo. Además el Notario actuante podrá obtener de forma inmediata el CIF o número de identificación de la empresa y cumplimentar de forma más ágil el resto de obligaciones, reduciendo enormemente los plazos de constitución.

Se incentiva la aplicación de soluciones innovadoras para resolver problemas o necesidades de la Administración pública en el desempeño de sus funciones, con una atención especial a las que puedan ser aplicadas en entornos rurales o fuera de los polos urbanos de innovación ya consolidados. Igualmente, regula los entornos controlados de prueba, cuya finalidad es exceptuar la normativa general, bajo la supervisión de un organismo o entidad reguladora, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva (se prevé la posibilidad de que las startups hagan pruebas durante un año, en un entorno controlado por el regulador). 

Además la Ley regula la figura de la Startup de Estudiantes, como herramienta pedagógica y que se constituirá a través del Sistema CIRCE de creación telemática de empresas, gestionado por la Dirección General de Industria y PYME. Ello puede realizarse a través de cualquiera de los Puntos de Atención al Emprendimiento de la Red PAE.

MEDIDAS FISCALES

Dentro de los mecanismos de flexibilidad tributarias de las empresas, se dispone

  • La reducción en el tipo impositivo aplicable en IS a las empresas emergentes pasando del actual 25 % al 15 %, durante un máximo de 4 años, siempre que la empresa mantenga la condición de empresa emergente.
  • El posible aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los 2 primeros años de actividad.
  • La entrega de acciones/participaciones a los empleados (stock options) tendrá un mejor tratamiento fiscal, pues se aumenta la exención de tributación desde los primeros 12.000€ actuales, a los 50.000€.
  • Se introduce una nueva regla especial para la imputación temporal de los rendimientos del trabajo en especie derivados de la entrega de acciones o participaciones. Los rendimientos del trabajo en especie se imputarán en el período impositivo en el que concurran ciertas circunstancias, como la admisión a negociación en bolsa de valores, la salida del patrimonio del contribuyente de la acción o participación correspondiente o después de 10 años desde la entrega de las acciones o participaciones. Además, se introduce una previsión específica para la valoración de estos rendimientos del trabajo en especie.
  • También se permitirá emitir acciones para autocartera.
  • Se modifica la deducción por inversión en empresa de nueva o reciente creación: elevándose el tipo, pasando de un 30% a un 50%. Por otro lado se aumenta la base máxima de 60.000€ a 100.000€.
  • Se permitirá a los socios fundadores aplicar esta deducción independientemente de su % de participación en el capital social de la entidad.

OTRAS MEDIDAS

La publicación de los actos de inscripción de startups en el Boletín Oficial del Registro Mercantil estarán exentos del pago de tasas.

Finalmente, es importante señalar que las empresas emergentes no incurrirán en causa de disolución por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso, hasta que no hayan transcurrido tres años desde su constitución.

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