Recientemente el tema de los becarios y su retribución ha cobrado cierto protagonismo en los medios debido a unas polémicas declaraciones de un famoso cocinero de la élite gastronómica española copresentador en el programa de cocina de Master Chef.
Concepto de becario
La figura del becario está regulada en nuestra normativa ( siendo el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, el de más reciente actualización) y tal y como se delimita en la norma, se trataría de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios que complementan su aprendizaje teórico con la puesta en práctica de los conocimientos adquiridos en el entorno real de un negocio. El desempeño del becario puede estar remunerado o no, según lo que se haya determinado en el convenio, y debe estar supervisado por la Universidad. Las empresas no pueden contratar becarios para hacer un trabajo que correspondería a un trabajador de plantilla, si el becario genera un beneficio o una productividad para la empresa, debería ser remunerado por ello.
Al no tener la consideración de trabajo se deben conjugar ciertos elementos apropiadamente para que no se desvirtúe el fin último de la formación. Entre otros aspectos que debe plantear un proyecto formativo, está el contar un tutor asignado que guie al becario, elegir las tareas más adecuadas, buscar un horario que no sea demasiado exigente ni que estén prohibidos por su edad (como son los horarios nocturnos).
El problema viene cuando los becarios son aprovechados por empresarios para conseguir mano de obra barata. De este modo, tratan a los estudiantes como si fueran un trabajador más pero sin las condiciones necesarias ni los derechos mínimos requeridos. Por eso, es importante saber distinguir entre lo que es una beca y un contrato de trabajo. Cada uno persigue una finalidad totalmente diferente, y así se ha pronunciado el Tribunal Constitucional en diversas sentencias.
En España, es legal tener a becarios sin cobrar. Lo que no es posible, es que dicho becario sea utilizado para cubrir el puesto de trabajo que debería realizar un empleado usual
Aproximación a la normativa y jurisprudencia.
El carácter formativo del desempeño del becario nos ayuda a entender la jurisprudencia y las decisiones que, en algunos casos, ha tomado la Inspección de Trabajo y los Juzgados competentes. En diversas sentencias se determina que en aquellos casos existen pruebas de que el estudiante realiza las mismas funciones que el resto de los trabajadores del equipo, sin que existían otros elementos de formación, ni personal que realice las funciones de tutoría, o que en la mayoría del tiempo estuviese prestando servicios laborales, cubriendo el puesto de otro trabajador que estaba de baja, se determinó que las prácticas del becario no eran tales y se condenó a la empresa por los hechos fraudulentos.
EL tema no está exento de polémica y otros tribunales se pronuncian en sentido contrario ante la existencia de otros elementos, por lo que debemos tomar el tema como casuístico. Lo que está claro es que la comparativa de sentencias y la lectura del Real Decreto nos ayuda a reafirmarnos en que el puesto de becario tiene que ser, efectivamente, una figura formativa.
Otras modalidades de contrato para jóvenes.
Existen otras modalidades de contratación que podrían resultar más adecuadas si lo que se busca es la incorporación de jóvenes en la empresa, estas tienen una vertiente más profesional y no forman parte del plan de estudios.
- Los contratos de trabajo en prácticas tienen como objetivo que el trabajador obtenga una práctica profesional adecuada al nivel de estudios adquiridos. Están enfocados a personas con titulación universitaria o formación profesional y pueden realizarse con estudiantes hasta cinco años después de haber finalizado sus estudios.
- Los contratos para la formación y el aprendizaje son otra modalidad que puede ser utilizada para los jóvenes. No tienen requisitos tan altos y se hacen con el objetivo de adquirir una cualificación profesional, por otro lado están sometidos a requisitos estrictos como son la dedicación al estudio de ciertas horas fuera del horario de la empresa y además deben realizarse ejercicios y exámenes.
Consideraciones finales
Toda iniciativa que favorezca la incorporación de los jóvenes al mercado laboral, debe ser valorada positivamente, ya que cerrar la puerta a las nuevas generaciones, recuerda a tiempos pasados y al sistema de gremios artesanales del medievo, que no trajeron consigo nada bueno al desarrollo y evolución del trabajo en España. Nuestro país presenta unos niveles bastante altos de desempleo juvenil en comparación con otros países europeos y quizás el tema principal radique en que las empresas no cuentan con la flexibilidad suficiente para apostar por los jóvenes diplomados o que no generan lo suficientes ingresos como para poder costear su incorporación. El mundo empresarial debe contar con todas las facilidades e incentivos que hagan atractiva la incorporación de personal jóven a los negocios, dejando sin incentivo cualquier otra práctica.
Si tienes dudas como becario, de carácter laboral como trabajador o en otro área relacionada puedes hacernos una consulta.
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