La popular tarifa Plana para Autónomos ha cambiado sutancialmente con la entrada en vigor de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
LOS CAMBIOS PRINCIPALES
Las medidas prncipales que ha traido la reforma son:
- La extensión por 6 meses más de la tarifa plana
- Se podrá disfrutar de la tarifa plana si en los últimos 2 años no se ha obtenido, mientras que antes se establecía en 5 años
- Se modifican los recargos por retraso en los pagos de cotizaciones a la Seguridad Social, que pasan del 20% al 10% si se paga en el primer mes natural siguiente.
- Se pagará desde el día efectivo en que se produzca el alta o la baja y no por meses completos.
Condiciones a cumplir para ser beneficiario:
- No tener deudas en Hacienda ni Seguridad Social.
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo.
- No ser administrador de una sociedad.
- No ser autónomo colaborador, es decir, no pertenecer al régimen especial para familiares de los autónomos.
CUANTÍA DE LA TARIFA PLANA
La cuantía de la Tarifa Plana va a variar en el transcurso de los primeros meses de la actividad profesional. Se establecen por lo tanto varios periodos con reducción:
- Reducción del 80% durante los 12 primeros meses (en vez de seis).
- Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
- Reducción del 30% durante los 18 siguientes meses.
- Reducción del 30% del mes 24 al 30, si el alta es de varones menores de 30 años o mujeres menores de 35 años.