Por otro lado realizar el trámite a través de una gestoría conlleva un gasto adicional, pero es mucho más cómodo y rápido, porque sólo hay que desplazarse a una dirección, con amplio horario de atención, y tendrás la seguridad de que como servicio profesional responderán ante cualquier incidencia. Si finalmente optáis por poner el coche a vuestro nombre a través de una gestoría, a continuación os comentamos todo lo que os conviene saber para ahorrar tiempo y complicaciones:
Documentación de los interesados:
- Si son personas físicas: el comprador debe acreditar su domicilio (con el empadronamiento) y su identidad (DNI y permiso de conducción español, o pasaporte y tarjeta de residencia ó NIE en caso de ser extranjero).
- Si es un Autónomo: será necesario aportar el Certificado censal de Hacienda (036 o 037).
- En el caso de personas jurídicas: será necesario el CIF de la sociedad y escrituras para acreditar quien es el administrador (en caso de tratarse de un apoderado, copia del poder), además deberá rellenarse el Impreso de Acreditación de Identidad de Personas Jurídicas + Modelo de representación (PDF) + factura de la empresa que vende el vehículo con IVA.
Documentación del vehículo:
- Ficha técnica del vehículo con la ITV vigente.
- Permiso de circulación.
- Último recibo o justificante del pago del Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior al año en que se realiza el trámite.
- Haber cancelado cualquier limitación de disposición del vehículo, que figure inscrita en el Registro de Bienes Muebles o en el Registro de Vehículos, incluyéndose las anotaciones de entidades Financieras.
Documentos para la transferencia:
- Rellenar la Solicitud de Transmisión del Vehículo.
- Firmar en la gestoría, una autorización o mandato autorizándonos a hacer el trámite.
- Firmar el Contrato de compraventa de vehículos, indicando fecha y hora (para evitar reclamaciones de multas posteriores a la firma).
- Entregar las llaves y toda la información relevante que deba conocer el nuevo comprador.
Una vez presentada y firmada toda la documentación que corresponda, se expedirá un permiso de circulación provisional o un justificante que hará las veces de Permiso de Circulación. Con dicha documentación se podrá circular temporalmente y contratar el seguro de accidentes del vehículo, mientras se tramita el Permiso de Circulación definitivo, y una vez que esté terminado la gestoría les contactará y entregará.
Otra información relevante:
En ocasiones los vehículos también pueden tener multas, embargos o limitaciones en el Registro de Bienes Muebles, que impedirían la transferencia. Por ello en ciertas ocasiones es recomendable solicitar un informe de vehículo para asegurarnos de su idoneidad.
Tened siempre en cuenta que una vez cerrado el trato de compra del vehículo, la gestión del cambio de nombre debe ser inmediata y delimitar el tiempo exacto de transmisión para evitar ser afectados por actos realizados por la otra parte.
No es muy aconsejable tampoco fiarse de que el comprador se encargue de la transferencia por su cuenta en Tráfico, y recordaros también que es obligación del vendedor comprobar que el cambio de nombre se ha realizado. La notificación de venta o notificación de transferencia a través de una gestoría es un trámite fácil y económico que le exonera de responsabilidad al vendedor, para ello podrás pedirle a la gestoría o al comprador que te envíe una copia del Permiso de Circulación definitivo con el nombre del nuevo titular.
Debe estar conectado para enviar un comentario.